| NORMATIVA Con la publicación el 1 de marzo de la Orden Ministerial TAS500/2004, del 23 de Febrero entra en vigor un nuevo modelo para la FORMACIÓN CONTINUA DE LOS TRABAJADORES, desapareciendo los planes agrupados o los planes de empresas como se conocían hasta ahora.
VENTAJAS Con esta iniciativa de formación continua, se pretende implantar un modelo de gestión ágil y transparente, que permita a las empresas:
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Planificar y realizar la formación cuando la necesiten
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Facilitar el acceso de las PYMES a la formación continua
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Fomentar el principio de que la formación de los recursos humanos es una inversión necesaria para las empresas.
QUÉ ES EL CRÉDITO DE BONIFICACIÓN
Cada empresa dispone de un crédito para la formación de sus empleados, dicho crédito se hace efectivo a través de bonificaciones a la Seguridad Social.
La cuantía de éste crédito resulta de aplicar a la cantidad ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, un porcentaje de bonificación.
El porcentaje de bonificación está en función del tamaño de las empresas. A menos empleados en las empresas, mayor porcentaje de bonificación:
| Tamaño de las empresas |
% bonificación |
| 1-5 trabajadores |
420 € |
| 6-9 trabajadores |
100%. |
| 10-49 trabajadores |
75%. |
| 50-249 trabajadores |
60%. |
| 250 o más trabajadores |
50 %. |
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